Panamá pone en vigor nuevas medidas sanitarias y de bioseguridad para alimentos en tránsito
Tras consultas con empresas involucradas en la actividad de consolidación de carga y atendiendo la necesidad de estrategias logísticas, el gobierno, a través de la Autoridad Panameña de Seguridad de Alimentos (AUPSA, ha dictado regulaciones sanitarias y de bioseguridad que deberán cumplir las compañías dedicadas al almacenamiento de alimentos en tránsito destinados a terceros países.
La Resolución consta de 18 artículos y establece, entre otros elementos, la notificación previa de la carga a través del portal electrónico de la AUPSA, con el fin de que técnicos especialistas realicen las verificaciones del cumplimiento de los requisitos para que los alimentos en tránsito no afecten la producción nacional y la salud de la población.
En el documento se señala que todos los alimentos en tránsito en Panamá deberán ser originarios de zonas libres de enfermedades y plagas de importancia cuarentenaria aprobadas por la AUPSA, y que se deberán aportar las certificaciones sanitarias y/o fitosanitarias de la autoridades competentes del país de origen del producto.
Las condiciones para la prevención de contaminación cruzada con otros alimentos u otras superficies de contactos, también serán supervisadas por inspectores de la AUPSA.
El documento también dispone la destrucción de residuos y desechos de alimentos o material en contacto con otros en referencia.
Las zonas dedicadas a las operaciones de tránsito abierto de alimentos deberán contar con las condiciones de higiene y bioseguridad en las edificaciones, equipos y facilidades, con el fin de minimizar los riesgos de contaminación física, química o biológica.
Asimismo, las empresas deberán contar con la estructura de acoplamiento para la entrada y salida de contenedores, con el objetivo de evitar el contacto exterior de la planta.




