Agilizarán trámites aduaneros entre España y Brasil para fomentar mayor flujo turístico

07 de Junio de 2012 5:10pm
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Agilizarán trámites aduaneros entre España y Brasil para fomentar mayor flujo turístico

Representantes diplomáticos de España y Brasil acordaron simplificar trámites aduaneros y requisitos de entrada, a fin de facilitar el flujo turístico entre los dos países. El pacto zanja un diferendo que tuvo su clímax cuando el gobierno sudamericano respondió a las trabas impuestas a sus ciudadanos en las fronteras del estado ibérico, exigiendo más documentación a los viajeros de la nación europea.

Desde el pasado 2 de abril a los españoles que visitaban el territorio brasileño se les exigía una carta de invitación debidamente legalizada por la persona que los iba a alojar, así como documentos que demostraran la disponibilidad de medios económicos suficientes para mantenerse durante su estancia en el gigante latinoamericano.

Luego de que las delegaciones analizaran las legislaciones y prácticas vigentes en los dos países, la comitiva española informó a la brasileña que el nuevo régimen simplificado de la carta de invitación en la nación europea queda limitado a la constancia de las identidades de la persona que invita y del viajero, así como del lugar de alojamiento, indica un reporte de EFE.

Además, los viajeros del país sudamericano que lleguen a España en tránsito hacia un estado firmante del Tratado de Schengen deberán acreditar el lugar adónde se dirigen y quién los acogerá allí, a menos que tengan otro modo de avalar su alojamiento, unido a los requisitos que tradicionalmente impone ese acuerdo intereuropeo.

Las partes también debatieron la situación de los viajeros cuya entrada a España o Brasil no sea admitida por alguna causa. En este caso se establece un mecanismo para la asistencia consular en los aeropuertos de ambos países, mientras esperen su vuelo de regreso a los lugares de origen, puntualiza el reporte.

De ese modo, las personas que se encuentren en tal situación podrán solicitar sus maletas personales cuando su estancia en la “zona de inadmisión” supere las 24 horas o en caso de extrema necesidad, a menos que existan razones de peso que impidan el disfrute de ese beneficio.
 

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