Cuba denuncia legislación que impide reconocimiento de marcas y patentes cubanas (+Declaración)

01 de Marzo de 2016 9:11pm
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Cuba denuncia legislación que impide reconocimiento de marcas y patentes cubanas (+Declaración)

Cuba denunció una vez más ante la Organización Mundial del Comercio el incumplimiento prolongado de los Estados Unidos de las resoluciones y recomendaciones del Órgano de Solución de Diferencias (OSD) en el diferendo "Estados Unidos - Sección 211 de la Ley Ómnibus de Asignaciones de 1998".

Durante la reunión ordinaria mensual del OSD, la Embajadora de Cuba ante la Oficina de Naciones Unidas en Ginebra y otros Organismos Internacionales con sede en Suiza, Anayansi Rodríguez Camejo, expresó que la Sección 211 se mantiene vigente, sin cambio alguno, por lo que el peligro de la cancelación del registro de la marca Havana Club se mantiene latente.

Destacó que más importante aún, es el hecho de que esa legislación impide a los tribunales estadounidenses el reconocimiento de marcas y patentes cubanas. Informó, asimismo, que Bacardí recientemente solicitó al Departamento del Tesoro de los Estados Unidos que explique las razones de su decisión de conceder la renovación del registro de la marca Havana Club al Gobierno cubano; y a la Oficina de Marcas y Patentes de ese país que revierta el registro.

La diplomática cubana actualizó a los miembros de la OMC de que el 11 de febrero sesionó una audiencia en el Subcomité de Propiedad Intelectual del Comité Judicial de la Cámara de Representantes del Congreso para evaluar acciones futuras de este Órgano, con respecto a la marca Havana Club. De las declaraciones de Bacardí, aseveró, así como de los funcionarios del gobierno que acudieron a la misma, se desprende que este tema se encuentra lejos de encontrar una solución satisfactoria y enfrentará importantes y costosos conflictos jurídicos en un futuro próximo.

Rodríguez Camejo aclaró que Cuba no sólo tiene un interés sistémico en esta disputa, sino que es el miembro de la OMC directamente afectado. Enfatizó que la Sección 211 integra el conjunto de legislaciones que configuran la unilateral, injusta e ilegal política de bloqueo estadounidense contra Cuba, rechazada por la comunidad internacional. Por tanto, precisó que Cuba no cejará hasta lograr su total eliminación.

Durante el encuentro se produjo un amplio debate entre los miembros de la Organización y se reconoció que si bien se han dado pasos positivos en relación con la renovación por un período de diez años de la marca Havana Club en los Estados Unidos, esa no era la solución definitiva de la disputa, por tanto, persiste el incumplimiento de los Estados Unidos. Al respecto, un número importante de Miembros destacaron que el tema de la Sección 211 debe continuar analizándose en el OSD hasta su completa resolución y que el incumplimiento continuado de esta diferencia conlleva serias implicaciones sistémicas en el funcionamiento del Órgano. (Cubaminrex/ Misión Permanente de Cuba en Ginebra)

Cuba reitera vigencia de la Sección 211 en la reunión del Órgano de Solución de Diferencias de la OMC

Declaración de Anayansi Rodríguez Camejo, Embajadora, Representante Permanente de Cuba ante la Oficina de las Naciones Unidas en Ginebra y otros organismos internacionales con sede en Suiza, ante el Órgano de Solución de diferencias de la OMC, sobre la Sección 211, 26 de febrero de 2016.

Señor Presidente,

Cuba desea dejar constancia de su preocupación por el error procesal en que se incurrió en la reunión pasada del 25 de enero, ante la solicitud de retirar de la agenda del OSD el punto "Estados Unidos - Sección 211 de la Ley Ómnibus de Asignaciones de 1998", sin haberse logrado consenso para ello, dada la oposición de varios Miembros. 

El artículo 21.6 del Entendimiento sobre Solución de Diferencias (ESD) establece la obligación de someter a vigilancia la aplicación de recomendaciones sobre disputas aun no resueltas. Conforme a este artículo, existen únicamente dos supuestos en que la aplicación de recomendaciones puede retirarse del Orden del Día:

1)    Cuando la disputa haya sido resuelta, o

2)    Cuando el OSD así lo decida por consenso, según establece el artículo 2.4 del ESD leído de conjunto con el artículo 21.6.

Ninguno de estos dos supuestos se ha configurado en el presente caso. En primer lugar, la Unión Europea y los Estados Unidos reconocieron que los avances recientes, aunque positivos, no constituyen una resolución de la disputa, lo cual deja claro que esta no ha quedado resuelta.

En segundo lugar, si bien el OSD puede tomar la decisión de retirar el punto del Orden del Día (a pesar de que la disputa no esté resuelta), dicha decisión debe tomarse por consenso, es decir, sin que exista oposición formal de ningún Miembro de la OMC presente en la reunión. Esto no ocurrió pues Cuba y otros miembros se opusieron a su retiro.

Estas son las únicas dos posibilidades permitidas por el artículo 21.6 del ESD para retirar el tema de la Sección 211 del punto 1 de la agenda. Sin embargo, el Presidente planteó que sólo "los Miembros afectados", entendidos como las partes de la diferencia, podían acordar remover el punto del Orden del Día de las reuniones mensuales del OSD, y sugirió a Cuba plantear el tema en otros puntos en futuras reuniones.

Deseamos alertar a los Miembros sobre el precedente negativo que podría crearse con este procedimiento contrario a la letra del ESD. Consideramos que la solución ofrecida para este particular no se aviene al artículo 21.6 del Entendimiento. Bajo su estricta observancia, debió mantenerse la cuestión de la Sección 211 en el punto 1 del Orden del Día del OSD en las sucesivas reuniones.

Señor Presidente, distinguidos colegas:

La Sección 211 sigue vigente y, por consiguiente, el peligro de la cancelación del registro de la marca Havana Club sigue latente. Más importante aún es el hecho de que esta sección impide a los tribunales estadounidenses el reconocimiento de las marcas y patentes cubanas. Recientemente, Bacardí presentó una solicitud al Departamento del Tesoro de los Estados Unidos para que explique las razones de su decisión de conceder la renovación del registro de la marca Havana Club al Gobierno cubano y a la Oficina de Marcas y Patentes de Estados Unidos para que revierta el registro. Asimismo, el pasado 11 de febrero tuvo lugar una audiencia en el Subcomité de Propiedad Intelectual del Comité Judicial de la Cámara de Representantes del Congreso de EE.UU. para evaluar acciones futuras de este órgano con respecto a la marca Havana Club. De las declaraciones de la Compañía Bacardí, así como de los funcionarios del gobierno que acudieron a la misma, se desprende que este tema se encuentra todavía lejos de encontrar una solución satisfactoria y enfrentará importantes y costosos conflictos jurídicos en un futuro próximo.

Cuba no sólo tiene un interés sistémico en esta disputa. Somos, además, el miembro directamente afectado por esta diferencia. Con ese derecho que nos asiste, Cuba se reserva el derecho de volver a traer al OSD la cuestión de la vigilancia de las recomendaciones y resoluciones sobre la Sección 211 siempre que las circunstancias lo ameriten y a exigir su derogación íntegra por los Estados Unidos.  Reiteramos además que esta disposición legal integra el conjunto de legislaciones que configuran la unilateral, injusta e ilegal política de bloqueo estadounidense contra Cuba, rechazada por la comunidad internacional. Por tanto, no cejaremos hasta lograr su total eliminación.

Muchas gracias.

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